Dirección de Administración y Finanzas
Esta dirección tendrá como objetivo asesorar al alcalde en materias presupuestarias, financieras y de recursos humanos tendiendo a maximizar la utilización de los recursos municipales.
POLÍTICAS DE PRIVACIDAD
La Municipalidad de Puerto Varas, protege los datos de carácter personal de los usuarios del sitio web, de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.628, asegurando la confidencialidad de los mismos, y que bajo ninguna circunstancia transferirá o publicará dichos datos a persona alguna, salvo que ello sea ordenado por un tribunal de justicia o autoridad administrativa, de acuerdo a la legislación vigente o que el Usuario mismo lo autorice.
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Las Políticas de Privacidad del Municipio se encuentran aprobadas mediante Decreto N° 3291 del 15/09/2020.
Funciones
a. Asesorar al alcalde en la administración del personal de la municipalidad. Además, deberá informar trimestralmente al concejo municipal sobre las contrataciones de personal realizadas en el trimestre anterior, individualizando al personal, su calidad jurídica, estamento, grado de remuneración y, respecto del personal a honorarios contratado con cargo al subtítulo 21, ítem 03, del presupuesto municipal, el detalle de los servicios prestados. También, en la primera sesión de cada año del concejo, deberá informar a éste sobre el escalafón de mérito del personal municipal y un reporte sobre el registro del personal enviado y tramitado en la Contraloría General de la República en el año inmediatamente anterior.
b. Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del presupuesto municipal.
c. Llevar la contabilidad municipal en conformidad con la normativa vigente y con las instrucciones que imparta la Contraloría General de la República.
d. Estudiar, calcular y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales y proponer permanentemente la captación de nuevos recursos.
e. Recaudar los ingresos municipales y fiscales que correspondan.
f. Efectuar los pagos municipales, administrar las cuentas bancarias correspondientes y rendir cuenta a la Contraloría General de la República
g. Efectuar y mantener actualizadas las conciliaciones bancarias.
h. Visar y suscribir -por delegación de facultades del alcalde- los decretos de pago y autorizar las patentes municipales.
i. Estudiar y proponer permanentemente la racionalización de los gastos municipales.
j. Elaborar periódicamente y presentar al alcalde la situación de los ingresos y gastos municipales, proponiendo las medidas correctivas que se requiera.
k. Efectuar la cobranza administrativa de impuestos, derechos, concesiones, arriendos y otros, cuando proceda.
l. Confeccionar y mantener actualizado el inventario de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad.
m. Mantener el archivo de decretos de pagos y de documentación de su unidad.
n. Mantener y administrar el fondo fijo municipal para cubrir necesidades menores de las distintas unidades del municipio de acuerdo a las Instrucciones que Contraloría General de la Republica ha dado al respecto.
ñ. Autorizar las rendiciones de fondos de las diversas direcciones, departamentos y oficinas de la Municipalidad de Puerto Varas.
o. Efectuar directamente arqueos aleatorios en la Caja Municipal. p. Controlar la gestión financiera de las empresas municipales
q. Informar trimestralmente al concejo sobre el detalle mensual de los pasivos acumulados desglosando las cuentas por pagar por el municipio y los servicios traspasados. Al efecto, dichos servicios deberán informar a esta unidad acerca de su situación financiera, desglosando las cuentas por pagar.
r. Mantener un registro mensual, el que estará disponible para conocimiento público, sobre el desglose de los gastos del municipio.
s. Remitir a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, en el formato y por los medios que ésta determine y proporcione, los antecedentes a que se refieren las letras p. y q. precedentes.
t. Velar por el correcto funcionamiento y cumplimiento de la Concesión del Casino de Juegos.
u. Atender toda otra materia que derive el Alcalde y/o el Administrador Municipal.