Funciones

  1. a. Asesorar al alcalde  en  la  administración del  personal  de  la  municipalidad.   Además, deberá  informar  trimestralmente  al  concejo   municipal   sobre  las  contrataciones  de personal  realizadas  en  el  trimestre  anterior,  individualizando  al   personal,  su  calidad jurídica,  estamento,  grado   de  remuneración   y,   respecto  del  personal  a  honorarios contratado con cargo al subtítulo 21, ítem 03, del presupuesto municipal, el detalle de los servicios  prestados.  También,  en  la  primera  sesión  de  cada  año  del  concejo,  deberá informar a éste sobre el escalafón de mérito del personal municipal  y un reporte sobre el registro del  personal enviado y tramitado en  la Contraloría General de la República  en el año inmediatamente anterior.

    b. Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del presupuesto municipal.

    c. Llevar  la  contabilidad  municipal  en conformidad  con  la  normativa  vigente  y con  las instrucciones que imparta la Contraloría General de la República.

    d. Estudiar,  calcular y regular  la percepción  de cualquier tipo de ingresos  municipales y proponer permanentemente la captación de nuevos recursos.

    e. Recaudar los ingresos municipales y fiscales que correspondan.

    f. Efectuar  los pagos municipales,  administrar  las  cuentas  bancarias  correspondientes  y rendir cuenta a la Contraloría General de la República

    g. Efectuar y mantener actualizadas las conciliaciones bancarias. 

    h. Visar y suscribir -por delegación  de facultades  del  alcalde-  los decretos de  pago y autorizar las patentes municipales.

    i. Estudiar y proponer  permanentemente la racionalización de los gastos municipales.

    j. Elaborar periódicamente y  presentar al  alcalde  la situación  de  los ingresos y gastos municipales, proponiendo las medidas correctivas que se requiera.

    k. Efectuar la  cobranza administrativa de impuestos, derechos, concesiones, arriendos y otros, cuando proceda.

    l. Confeccionar y mantener actualizado el inventario de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad.

    m. Mantener el archivo de decretos de pagos y de documentación de su unidad.

    n. Mantener y administrar el fondo fijo municipal  para cubrir necesidades menores de las distintas unidades del municipio  de acuerdo a las Instrucciones que Contraloría General de la Republica ha dado al respecto.

    ñ. Autorizar  las  rendiciones   de  fondos  de  las  diversas  direcciones,  departamentos  y oficinas de la Municipalidad de Puerto Varas.

    o. Efectuar directamente arqueos aleatorios en la Caja Municipal. p. Controlar la gestión financiera de las empresas municipales

    q. Informar  trimestralmente   al   concejo  sobre   el  detalle   mensual   de   los  pasivos acumulados  desglosando   las   cuentas   por   pagar   por   el   municipio  y  los   servicios traspasados.  Al  efecto,  dichos servicios  deberán  informar a esta  unidad  acerca  de  su situación financiera, desglosando las cuentas por pagar.

    r. Mantener un  registro mensual,  el  que estará  disponible  para  conocimiento  público, sobre el desglose de los gastos del municipio.

    s. Remitir a  la  Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del  Ministerio del Interior,  en  el  formato  y   por   los  medios   que  ésta  determine  y   proporcione,  los antecedentes a que se refieren las letras p. y q. precedentes.

    t. Velar  por  el correcto  funcionamiento  y cumplimiento  de la  Concesión  del  Casino  de Juegos.

    u. Atender toda otra materia que derive el Alcalde y/o el Administrador Municipal.