Funciones

  1. a. Asesorar al alcalde y al concejo  municipal en la  promoción  del desarrollo comunitario, así como en la formulación de programas y proyectos necesarios para ello.

    b. Asesorar técnicamente a las organizaciones comunitarias territoriales y funcionales de la comuna, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva  participación en el municipio.

    c. Proponer y ejecutar programas de asistencia social, salud pública, deportiva y recreativa y cultura, de capacitación  laboral, de promoción  del empleo, de fomento productivo local y de turismo, en conjunto con las demás unidades competentes.

    d. Colaborar con las unidades municipales que corresponda en la  prevención  de riesgos y prestación de auxilio en situaciones de emergencia.

    e. Contribuir a la solución   de  los problemas sociales que  afecten a los habitantes de la comuna,  procurando mejorar su calidad de vida.

    f. Proponer, coordinar y ejecutar cuando  corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con asistencia social,  intervención social, fortalecimiento ciudadano y de  las organizaciones  comunitarias,  y de  emprendimiento  de  acciones de  desarrollo económico para todos los habitantes de la comuna.

    g. Elaborar, en conjunto con la Secretaría Comunal de Planificación, estudios que permitan identificar y solucionar los problemas sociales de los habitantes de la comuna.

    h. Elaborar, programar y desarrollar programas de capacitación tendientes a ampliar las posibilidades ocupacionales de la fuerza laboral comunal.

    i. Potenciar la generación de redes sociales a fin de coordinar los esfuerzos de todas las organizaciones vecinales y vecinos  en general, para constituirse en motores de su propio desarrollo, favoreciendo la solución  de problemas.

    j. Coordinar  a  nivel  municipal  y/u  organismos  públicos  y  privados,  la  elaboración  y ejecución  de  programas y  proyectos en torno  a las  áreas  estratégicas de  la  Dirección, establecidas en el Plan de Desarrollo Comunal.

    k. Atender toda otra materia que derive el Alcalde y/o el Administrador Municipal.