Funciones

  1. a. Velar  por el  cumplimiento  de  las disposiciones  de  la  Ley General  de  Urbanismo  y Construcciones   y  su  Ordenanza,  Plan   Regulador   Comunal   y   Ordenanzas   y   de   las disposiciones legales correspondientes.

    b. Dar  aprobación   a   los   proyectos   de  obras  de  urbanización   y  de   construcciones, ampliaciones, transformaciones y otras, de acuerdo con la normativa vigente. 

    c. Otorgar los permisos de edificación y urbanización de obras y su fiscalización, conforme a la normativa vigente.

    d. Dar aprobación a las subdivisiones y fusiones de predios.

    e. Otorgar la recepción final de las obras que se realicen en la comuna y su autorización de uso.

    f. Efectuar  tareas  de  fiscalización  en   los  inmuebles  de  la   comuna,   verificando  el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas correspondientes.

    g. Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal.

    h. Velar por la mantención de una óptima calidad de vida de los habitantes de la comuna en el ámbito que le corresponda.

    i. Mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización, edificación de la comuna. j. Proponer y ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural, y pronunciarse sobre los informes de mitigación de impacto vial  presentados en la comuna  a petición de la   Secretaría   Regional    Ministerial   de   Transportes   y   Telecomunicaciones   o   del Departamento de Tránsito y Transporte Público Municipal.

    k. Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.

    l. Dirigir   las   construcciones   que   sean   de   responsabilidad    municipal,    ejecutadas directamente o a través de terceros.

    m. Cumplir toda otra función que le encomiende la normativa vigente.

    n. Ejecutar acciones relacionadas con la prevención de riesgos y prestaciones de auxilio en situaciones de emergencia, coordinando  su accionar con las unidades municipales correspondientes.

    ñ. Atender toda otra materia que derive el Alcalde y/o el Administrador Municipal.

     

Previo solicitar patente comercial y/o profesional ante Patentes Municipales deberá tener su factibilidad de Patentes, emitida por la Dirección de Obras Municipales.