Funciones

  1. a. Planificar,  organizar,  dirigir,  coordinar y  controlar  las  actividades  inherentes  a  ese departamento,  respondiendo  de ello al  alcalde,  velando  por la coherencia  de acción  de esta con las demás unidades del municipio.

    b. Administrar los recursos humanos, financieros y materiales de los establecimientos de salud municipal,  encuadrándose en la normativa legal y en las materias específicas que el Alcalde le delegue.

    c. Proveer los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para el normal funcionamiento de los servicios asistenciales y/o entrega de las prestaciones que correspondan

    d. Velar  por  el oportuno cumplimiento  de  los  plazos  de información  solicitada  por  las Unidades Municipales.

    e. Asumir  la  Dirección  Administrativa  de  los  Establecimientos  de  Salud  Municipal,   en conformidad con las disposiciones legales vigentes.

    f. Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que imparte el Ministerio de Salud.

    g. Elaborar y desarrollar  programas  de  higiene,  como  asimismo otros  programas  que tiendan a la prevención, detección y tratamiento de enfermedades de los habitantes de la Comuna,  en  coordinación  con Entidades privadas y con  los Organismos del Ministerio de Salud que corresponda.

    h. Coordinar con otras unidades municipales, las acciones extra-programáticas que tengan relación con la salud pública dentro de las normas vigentes.

    i. Presentar al Servicio de Salud en Septiembre, un proyecto  de programa de salud y de la dotación  definitiva,  previa  presentación  al  alcalde  y al concejo  municipal,  para el  año siguiente.

    j. Publicar  e informar  a   los  funcionarios  el  Plan  de  Capacitación  anual  inserta  en  el Programa de Salud

    k. En el mes de enero, enviar al alcalde su Informe de cumplimiento de compromisos  de gestión del año anterior, señalando las razones en el caso de metas no alcanzadas.

    l. Deberá publicar anualmente, en un diario local, un balance de los aportes recibidos y de la forma que han sido utilizados.

    m. Elaborar   y  mantener   actualizado   el  reglamento   de  estructura   y  funciones   del Departamento de Salud Municipal, el que deberá ser aprobado por el alcalde y el concejo.

    n. Efectuar otras funciones o tareas que le encomienden  las leyes, el Ministerio de Salud o el alcalde.